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Consejos legales: Cómo hacer un concurso en internet

Por José María Baños - El 13 marzo 2018 - 0 Comment(s)

Consejos legales: Cómo hacer un concurso en internet

Por José María Baños - El 13 marzo 2018 - 0 Comment(s)
Tras varias reuniones y formaciones sobre la nueva ley de protección de datos europea, ya os podemos escribir sobre consejos legales para aprender cómo hacer un sorteo en Internet. ¿Conoces las técnicas para cumplir con la legalidad en el desarrollo de sorteos, promociones o concursos en webs y redes sociales? Nuestros abogados de  LETSLAW te lo cuentan todo en este post.

En la última década los enormes cambios de la sociedad, con el amplio desarrollo de las nuevas tecnologías, han orientado el rumbo de Internet hacia la comunicación 2.0, la segunda generación de la Red basada en el intercambio continuo de información.

Los concursos en webs y redes sociales son uno de los grandes pilares de las estrategias de marketing de las marcas. Los organizadores de concursos deben aprender cómo hacer un sorteo en Internet para adaptarse a la legislación que hay detrás y evitar caer en posibles sanciones o futuras acciones.

Hay varios aspectos, no solo legales y fiscales, sino éticos que el organizador de un sorteo debe tener en cuenta. Entre ellos destacamos:

 

BASES LEGALES

Todos los sorteos deben ir acompañados de bases legales que regulen la promoción. Estas bases deberán estar disponibles para los usuarios en todo momento para que aquellos que quieran participar y deseen leer estas bases legales puedan consultarlas en cualquier momento. 

Algunas de las cláusulas que se deben incluir en estas bases legales para que el organizador del sorteo se cubra ante posibles eventualidades son:

  • Identificación del organizador.
  • Gratuidad o, por el contrario, tarificación adicional para la participación.
  • Fechas de comienzo y terminación del concurso o sorteo promocional y fecha en la que se realizará el concurso o sorteo y la modalidad de este (sorteo ante notario, jurado etc.)
  • Reglas y condiciones para participar.
  • Valor y naturaleza sobre el precio ofrecido.
  • Protección de datos de carácter personal.
  • Penalizaciones en caso de uso fraudulento.
  • Cesiones de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador o ganadores y/o de los participantes.
  • Posibilidades de prorrogar o suspender el sorteo (ej. en casos de fuerza mayor).
  • Posibilidad de dar de baja o descalificar a usuarios que incumplan las reglas del sorteo y exoneración de responsabilidad del organizador en caso de incumplimiento de los participantes.

También es aconsejable depositar estas bases ante notario por si hubiese futuras reclamaciones o eventualidades por parte de los usuarios, participantes o terceros interesados.

Los datos expuestos, de cómo funciona el sorteo, los requisitos, las condiciones, deben ser claros y no dar lugar a equívocos. Es necesario que los usuarios acepten las bases legales de la promoción, así como que dispongan de la debida política de privacidad en la plataforma, blog o página web, y realizar un correcto tratamiento de los datos personales.

 

Nuevo llamado a la acción

 

SISTEMA DE SELECCIÓN ALEATORIA

Para seleccionar los ganadores necesitas utilizar una herramienta que elija al azar unos premiados de entre todos los participantes. Hay quien utiliza un programa informático, quien da número a cada inscrito y se basa en el resultado de determinados juegos, quien se graba en vídeo realizando el sorteo, etc.

Muchos sorteos se realizan ante notario para dar una imagen de seriedad y fiabilidad, pero no es obligatorio. Se puede realizar un sorteo igual de válido utilizando cualquier método aleatorio. Desde el punto de vista legal lo importante es que se cumpla lo indicado en las bases.

 

GARANTÍAS DE VALIDEZ

Es importante presentar un certificado de validez que informe de las condiciones en que se ha hecho el sorteo y su resultado.

Con la entrada en vigor de la Ley del Juego, en caso de organizar en una web o plataforma online un sorteo sin tarificación adicional, ya no es necesaria la obtención de un título habilitante para ejercer este tipo de actividades si la participación es gratuita. No obstante, la cosa cambia si hay dinero en juego, ya que en ese caso los promotores, antes de realizar estas promociones en sus páginas web, tienen que cumplir con determinados requisitos legales y obtener las licencias pertinentes.

 

REDES SOCIALES 

Al igual que pasa con las webs, los sorteos en redes sociales son muy efectivos para conectar adecuadamente los objetivos de la marca, para generar dinamismo y promover empatía y cercanía con los seguidores, adaptando siempre los mensajes a la audiencia.

En redes sociales, que es el canal más abierto a la participación de los usuarios con comentarios y alusiones a los premios o las reglas del juego, debe preverse la posibilidad de eliminar contenidos si llegado el caso se vulneran derechos, o simplemente no se consideren adecuados ciertos comentarios.

Si tu promoción se desarrolla o difunde en una red social, también debes tener en cuenta la normativa específica de esa misma plataforma y ver como ésta lo regula a través de sus distintas políticas y condiciones.

 

RESPONSABILIDAD

El organizador es responsable de:

  • Cumplir con la legislación propia del ámbito geográfico donde aplica.
  • Cumplir con la normativa propia de la red social donde aplica.
  • Cumplir con las propias bases legales que el organizador ha definido por su sorteo.

En caso de que el organizador incumpla sus obligaciones o alguno de los preceptos legales establecidos en las bases estaríamos ante una participación fraudulenta. El ordenamiento prevé que el afectado podrá emprender acciones civiles (reclamación por daños y perjuicios) y penales (delito por estafa).

 

CUESTIONES FISCALES

Otra cuestión que deberemos tener en cuenta a la hora de realizar un concurso o sorteo en Internet es su fiscalidad. Conforme a la Ley del Juego, los sorteos promocionales tributan a un tipo de gravamen del 10% del valor del premio entregado, siempre que el sorteo esté basado en combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales.

Es decir, que sólo se tributaría en los casos en los que intervenga el azar y no en aquellos casos en los que sea un jurado quien decida los  ganadores.

Todos los premios de la participación en juegos de combinaciones aleatorias están sujetos a retención salvo que sean inferiores a 300€. En las bases legales debe quedar especificado si la retención la asume la empresa organizadora o el ganador del premio.

GDPR PARA AGENCIAS DE MARKETING

Estas pautas establecidas anteriormente, son enfocadas con el objeto de ofrecer ideas y recomendaciones en este ámbito que responden a los puntos más generales que se deben tener en cuenta al montar una promoción. Llegados a este punto, es fundamental asesorarse legalmente por profesionales especialistas en este tipo de actividades.

 

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José María Baños
Publicado el 13 marzo 2018 por José María Baños 0
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